Manejamos los tramites y acciones legales relacionados con la Pensión
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Manejamos los tramites y acciones legales ante COLPENSIONES (Régimen de prima media con prestación definida)
1) Relacionados con discapacidad o invalidez:
– Calificaciones de pérdida de capacidad laboral : Para beneficios pensionales por temas de discapacidad e invalidez, es necesario que a la persona se le realice esa valoración, que se plasmará en un documento, el cual contendrá datos fundamentales para saber si puede o no acceder o reclamar determinados derechos pensionales. Es importante el acompañamiento y asesora desde el inicio.
– Pensiones de invalidez: Ante una enfermedad o contingencia de origen común o laboral, y reuniendo determinados requisitos, la persona se pueda pensionar con pocas semanas y sin cumplir las edades que exige la norma. El abogado le ayudará con el proceso y las reclamaciones a que haya lugar.
– Pensión especial de vejez a padre o madre trabajador con hijo con invalidez: Es una pensión especial que se otorga a padre o madre con hijo en situación de discapacidad, para que el padre o madre pueda tener el tiempo suficiente de dedicarse a su hijo y este a su vez pueda disfrutar de la compañía del progenitor. El abogado le asesorará y reclamar, y de ser necesario impugnará las decisiones a fin de hacer cumplir lo que dice la ley.
– Pensiones de sobrevivencia o sustitución para hijos mayores o hermanos inválidos: Existen personas por mandamiento de la ley que pueden ser beneficiarias de la pensión, cumpliendo determinados requisitos, entre ellos la dependencia económica.
– Pensión anticipada de vejez por deficiencia: Pensión a cualquier edad, para aquellas personas que tienen discapacidad y no alcanzan a reunir el puntaje como inválidos, y que además deben tener un número determinado de semanas cotizadas.
2) Acciones legales para devolverte a Colpensiones: Personas próximas a pensionarse, que antes estaban en el antiguo ISS hoy Colpensiones o en otras entidades del régimen deprima media con prestación definida, que con el boom de los fondos privados, decidieron trasladarse, sin que se les brindara una información suficiente, y hoy, cuando ya no pueden regresarse, se dan cuenta que su pensión será muy inferior de la que obtendrían en COLPENSIONES, pero a través de acción legal puede ser posible regresarse y tener un mejor ingreso.
3) Revisión de liquidación pensional : Una gran cantidad de personas, al momento de salirles la pensión, no saben si ese monto es el que realmente les corresponde o no , por eso brindamos el servicio de revisar esas liquidaciones, además, con las nuevas sentencias de la Corte Suprema de Justicia se debe tener en cuenta los días efectivamente cotizados, años de 365 y no 360 días, así como aumento de porcentajes de la tasa de reemplazo a quienes hubiesen cotizado mas de 1.800 semanas.
4) Proyección de liquidación pensional: Es importante tomar decisiones anticipadas, previas a salir pensionada una persona, pues existen interrogantes, tales como si sigue cotizando o no al sistema, si es prudente o no aumentar el monto de cotización, incluso cambiarse de régimen, y es ahí donde nosotros le asesoramos y mostramos algunos escenarios para que el afiliado tome la decisión que mas crea conveniente.
5) Proyección y revisión de reclamación de indemnización sustitutiva: Cuando la persona no cumple las semanas de cotización exigidas por la ley, y ya cuenta con la edad, puede optar por la indemnización o seguir cotizando. Nosotros podemos hacer la proyección a fin de que el afiliado tome una decisión informada o por el contrario, si ya optó por la reclamación, hacemos la revisión.